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2a. LXI/2018 (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa, Común

PRODUCCIÓN Y SERVICIOS. LOS FRANQUICIATARIOS, DISTRIBUIDORES AUTORIZADOS O ESTACIONES DE SERVICIO DE PETRÓLEOS MEXICANOS CARECEN DE INTERÉS JURÍDICO Y LEGÍTIMO PARA IMPUGNAR EN EL AMPARO LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LOS ARTÍCULOS DE LA LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL RELATIVA, QUE CONFORMAN EL SISTEMA NORMATIVO APLICABLE A LOS DISTINTOS IMPUESTOS ESPECIALES SOBRE GASOLINAS Y DIÉSEL, AL NO TRATARSE DEL CONTRIBUYENTE FORMAL DE ESOS TRIBUTOS (LEGISLACIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2014).

[TA]; 10a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 55, Junio de 2018; Tomo II; Pág. 1481

Precedentes

Amparo en revisión 827/2015. Combustibles del Sur, S.A. de C.V. 10 de enero de 2018. Mayoría de tres votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Margarita Beatriz Luna Ramos y Eduardo Medina Mora I. Disidentes: Javier Laynez Potisek y José Fernando Franco González Salas. Ponente: Javier Laynez Potisek. Secretario: Carlos Alberto Araiza Arreygue. Amparo en revisión 424/2016. Estación 2020, S.A. de C.V. y otras. 10 de enero de 2018. Mayoría de tres votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Margarita Beatriz Luna Ramos y Eduardo Medina Mora I. Disidentes: Javier Laynez Potisek y José Fernando Franco González Salas. Ponente: Javier Laynez Potisek. Secretario: Carlos Alberto Araiza Arreygue. Amparo en revisión 396/2016. Mongas, S.A. de C.V. 9 de mayo de 2018. Mayoría de tres votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Margarita Beatriz Luna Ramos y Eduardo Medina Mora I. Disidentes: Javier Laynez Potisek y José Fernando Franco González Salas. Ponente: Javier Laynez Potisek. Secretario: Carlos Alberto Araiza Arreygue.

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