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PC.I.L. J/42 L (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoComún

SERVIDOR PÚBLICO A QUIEN SE IMPONE UNA MULTA EN UN JUICIO LABORAL BUROCRÁTICO EN SU CARÁCTER DE TITULAR DEMANDADO. PUEDE PROMOVER EL JUICIO DE AMPARO A TRAVÉS DE SUS REPRESENTANTES, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 134 DE LA LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO.

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 59, Octubre de 2018; Tomo II; Pág. 1963

Precedentes

Contradicción de tesis 5/2018. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Segundo, Tercero y Noveno, todos en Materia de Trabajo del Primer Circuito. 17 de septiembre de 2018. Mayoría de nueve votos de los Magistrados Osiris Ramón Cedeño Muñoz, Julia Ramírez Alvarado, Jorge Villalpando Bravo, Edna Lorena Hernández Granados, Ricardo Rivas Pérez, Noé Herrera Perea, Ángel Ponce Peña, Francisco Javier Patiño Pérez y José Antonio Abel Aguilar Sánchez. Disidentes: María del Rosario Mota Cienfuegos, Jorge Rafael Olivera Toro y Alonso, Elisa Jiménez Aguilar, Víctor Ernesto Maldonado Lara, Herlinda Flores Irene, Juan Alfonso Patiño Chávez y Alicia Rodríguez Cruz. Ausente: Integrante por el Décimo Sexto Tribunal Colegiado. Ponente: Jorge Rafael Olivera Toro y Alonso. Encargado del engrose: Ricardo Rivas Pérez. Secretario: César Alejandro Rivera Flores. Criterios contendientes: El sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, al resolver la queja 91/2016, el sustentado por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, al resolver el amparo en revisión 40/2018, y el diverso sustentado por el Noveno Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, al resolver la queja 52/2018. Nota: La tesis de jurisprudencia 2a./J. 142/2017 (10a.) citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 8 de diciembre de 2017 a las 10:20 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 49, Tomo I, diciembre de 2017, página 775. En términos del artículo 44, último párrafo, del Acuerdo General 52/2015, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reforma, adiciona y deroga disposiciones del similar 8/2015, relativo a la integración y funcionamiento de los Plenos de Circuito, esta tesis forma parte del engrose relativo a la contradicción de tesis 5/2018, resuelta por el Pleno en Materia de Trabajo del Primer Circuito.

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