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XXX.3o.6 A (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Administrativa, Constitucional

EVALUACIÓN DE LOS JUECES DE PRIMERA INSTANCIA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES. AL NO CONSTITUIR UN PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, EL CONSEJO DE LA JUDICATURA LOCAL NO ESTÁ OBLIGADO A OTORGARLES AUDIENCIA PREVIA.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 60, Noviembre de 2018; Tomo III; Pág. 2224

Precedentes

Amparo en revisión 270/2018. Gerardo Herrera Martínez. 4 de octubre de 2018. Unanimidad de votos. Ponente: Silverio Rodríguez Carrillo. Secretario: Rodrigo Nava Godínez. Nota: Las ejecutorias relativas a las controversias constitucionales 3/2005, 9/2003 y 4/2005 y la parte conducente de la ejecutoria relativa al amparo en revisión 2021/99 citadas, aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomos XXVI, diciembre de 2007, página 1104; XX, septiembre de 2004, página 920; XXII, diciembre de 2005, página 1583; y XIII, enero de 2001, página 497, respectivamente.