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PC.XIX. J/14 L (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoLaboral

INTERESES EN EL PROCEDIMIENTO LABORAL. SI EN EL TÉRMINO DE DOCE MESES ÉSTE NO HA CONCLUIDO O NO SE HA DADO CUMPLIMIENTO AL LAUDO DICTADO, ES IMPROCEDENTE LA APLICACIÓN SUPLETORIA DEL ARTÍCULO 48 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO A LA LEY DEL TRABAJO DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO DE TAMAULIPAS, ASÍ COMO AL CÓDIGO MUNICIPAL PARA ESA ENTIDAD.

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 77, Agosto de 2020; Tomo VI; Pág. 5324

Precedentes

Contradicción de tesis 6/2019. Entre las sustentadas por el Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito, y el Tercer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Décima Región, con residencia en Saltillo, Coahuila. 10 de diciembre de 2019. Mayoría de cinco votos de los Magistrados Olga Iliana Saldaña Durán, Guillermo Cuautle Vargas, Daniel Ricardo Flores López, Juan Manuel Díaz Núñez y Artemio Hernández González. Disidente: Víctor Antonio Pescador Cano. Ponente: Olga Iliana Saldaña Durán. Secretaria: Griselda Marisol Vázquez García. Criterios contendientes: El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito, al resolver el amparo en revisión 67/2018 y el amparo directo 1008/2018, y el diverso sustentado por el Tercer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Décima Región, con residencia en Saltillo, Coahuila, al resolver el amparo directo 382/2017 (cuaderno auxiliar 622/2017). Nota: La tesis de jurisprudencia 2a./J. 34/2013 (10a.) citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro XVIII, Tomo 2, marzo de 2013, página 1065, con el número de registro digital: 2003161, de rubro: "SUPLETORIEDAD DE LAS LEYES. REQUISITOS PARA QUE OPERE." En términos del artículo 44, último párrafo, del Acuerdo General 52/2015, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reforma, adiciona y deroga disposiciones del similar 8/2015, relativo a la integración y funcionamiento de los Plenos de Circuito, esta tesis forma parte del engrose relativo a la contradicción de tesis 6/2019, resuelta por el Pleno del Decimonoveno Circuito.

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