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PC.XVII. J/25 C (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoCivil

RECURSO DE APELACIÓN. SU PROCEDENCIA POR RAZÓN DE LA CUANTÍA EN CONTRA DE LA SENTENCIA DICTADA EN UN JUICIO ORDINARIO CIVIL POR FALTA DE PAGO DE RENTAS, NO ESTÁ SUJETA A INTERPRETACIÓN ADICIONAL DE LOS ARTÍCULOS 626 Y 168 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE CHIHUAHUA.

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 81, Diciembre de 2020; Tomo II; Pág. 1355

Precedentes

Contradicción de tesis 7/2019. Entre las sustentadas por el Primero y el Segundo Tribunales Colegiados, ambos en Materias Civil y de Trabajo del Décimo Séptimo Circuito. 6 de octubre de 2020. Mayoría de cuatro votos de los Magistrados José Elías Gallegos Benítez, María del Carmen Cordero Martínez, José Martín Hernández Simental y Refugio Noel Montoya Moreno. Disidentes: Cuauhtémoc Cuéllar de Luna (presidente), María Teresa Zambrano Calero y Juan Carlos Zamora Tejeda, quienes formularon voto particular. Ponente: José Elías Gallegos Benítez. Secretario: Gerardo González Torres. Tesis y criterio contendientes: El Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Décimo Séptimo Circuito, al resolver el amparo directo 995/2017, el cual dio origen a la tesis aislada XVII.1o.C.T.24 C (10a.), de título y subtítulo: "RECURSO DE APELACIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO 626 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE CHIHUAHUA. PROCEDE CONTRA LA SENTENCIA DICTADA EN EL JUICIO ORAL ORDINARIO CIVIL POR FALTA DE PAGO DE RENTAS, PREVIO A LA PROMOCIÓN DEL JUICIO DE AMPARO." publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 21 de septiembre de 2018 a las 10:30 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 58, Tomo III, septiembre de 2018, página 2498, con número de registro digital: 2017941 y, El sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Décimo Séptimo Circuito, al resolver el amparo directo 287/2019. Nota: De la sentencia que recayó al amparo directo 287/2019, resuelto por el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Décimo Séptimo Circuito, derivó la tesis aislada XVII.2o.C.T.13 C (10a.), de título y subtítulo: "RECURSO DE APELACIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO 626 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE CHIHUAHUA. ES OPTATIVO AGOTARLO PREVIO A PROMOVER EL JUICIO DE AMPARO DIRECTO, CONTRA LAS SENTENCIAS DICTADAS EN JUICIOS DERIVADOS DE LA ACCIÓN ESPECIAL DE DESOCUPACIÓN DE INMUEBLES EN ARRENDAMIENTO SI EL NEGOCIO ES ESTIMABLE PECUNIARIAMENTE.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 17 de enero de 2020 a las 10:18 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 74, Tomo III, enero de 2020, página 2651, con número de registro digital: 2021429.