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PC.XVIII.P.A. J/8 A (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoAdministrativa, Constitucional

COMISIÓN DE MAGISTRADOS NOMBRADA POR EL PLENO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MORELOS PARA EJERCER LAS ATRIBUCIONES ANTES ENCOMENDADAS AL EXTINTO CONSEJO DE LA JUDICATURA. ES CONSTITUCIONAL Y LEGALMENTE COMPETENTE PARA TRAMITAR Y RESOLVER LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS SOMETIDOS A SU POTESTAD, HASTA LA FECHA EN QUE QUEDÓ INTEGRADA Y ENTRÓ EN FUNCIONES LA JUNTA DE ADMINISTRACIÓN, VIGILANCIA Y DISCIPLINA DEL PROPIO TRIBUNAL SUPERIOR.

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 81, Diciembre de 2020; Tomo I; Pág. 857

Precedentes

Contradicción de tesis 5/2019. Entre las sustentadas por el Primer, el Segundo y el Tercer Tribunales Colegiados, todos en Materias Penal y Administrativa del Décimo Octavo Circuito, y el Séptimo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en Naucalpan de Juárez, Estado de México. 2 de septiembre de 2020. Mayoría de dos votos de los Magistrados Nicolás Nazar Sevilla y Alfredo Cid García. Disidente y Ponente: Guillermo del Castillo Vélez. Encargado del engrose: Alfredo Cid García. Secretaria: Olga Lydia Núñez Agüero. Criterios contendientes: El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Octavo Circuito, al resolver los amparos en revisión 189/2019, 194/2019 y 202/2019, el sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Octavo Circuito, al resolver los amparos en revisión 167/2019, 176/2019, 191/2019 y 215/2019, el sustentado por el Tercer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Octavo Circuito, al resolver el amparo en revisión 171/2019, y el diverso sustentado por el Séptimo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en Naucalpan de Juárez, Estado de México, al resolver el amparo en revisión 42/2019 (cuaderno auxiliar 218/2019).