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PC.III.L. J/34 L (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoComún, Laboral

SUSPENSIÓN EN EL CARGO IMPUESTA A UN INTEGRANTE DE UN AYUNTAMIENTO CON CARGO DE ELECCIÓN POPULAR (PRESIDENTE, REGIDOR O SÍNDICO). LA DECRETADA POR EL TRIBUNAL DE ARBITRAJE Y ESCALAFÓN DEL ESTADO DE JALISCO, POR INCUMPLIMIENTO DE UN LAUDO, POR SÍ MISMA, NO CAUSA UN PERJUICIO DE IMPOSIBLE REPARACIÓN QUE HAGA PROCEDENTE EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO.

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 82, Enero de 2021; Tomo II; Pág. 1092

Precedentes

Contradicción de tesis 3/2019. Entre las sustentadas por el Segundo y el Tercer Tribunales Colegiados en Materia de Trabajo, ambos del Tercer Circuito. 27 de octubre de 2020. Unanimidad de cinco votos de los Magistrados José Luis Sierra López, Jesús Valencia Peña, Guadalupe Madrigal Bueno, Miguel Lobato Martínez y Francisco Javier Munguía Padilla. Ponente: Guadalupe Madrigal Bueno. Secretaria: Yuridia Arias Álvarez. Criterios contendientes: El sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, al resolver la queja 114/2019, y el diverso sustentado por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, al resolver la queja 213/2019. Nota: Las tesis de jurisprudencia P./J. 108/2010 y 2a./J. 111/2018 (10a.) citadas, aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXXIII, enero de 2011, página 6, con número de registro digital: 163152 y en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 9 de noviembre de 2018 a las 10:20 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 60, Tomo II, noviembre de 2018, página 1168, con número de registro digital: 2018369, respectivamente. En términos del artículo 44, último párrafo, del Acuerdo General 52/2015, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reforma, adiciona y deroga disposiciones del similar 8/2015, relativo a la integración y funcionamiento de los Plenos de Circuito, esta tesis forma parte del engrose relativo a la contradicción de tesis 3/2019, resuelta por el Pleno en Materia de Trabajo del Tercer Circuito.

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