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I.11o.C.43 K (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Común

SUSPENSIÓN PROVISIONAL DEL ACTO RECLAMADO. LA OMISIÓN EN SU PRONUNCIAMIENTO POR EL JUEZ DE DISTRITO DECLARADO INCOMPETENTE, POR RAZÓN DE TERRITORIO, TRATÁNDOSE DE UN JUICIO DE AMPARO INDIRECTO CONSIDERADO URGENTE DURANTE LA CONTINGENCIA, QUE IMPLICÓ LA SUSPENSIÓN DE LA ACTIVIDAD JURISDICCIONAL EN EL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, PUEDE CONSTITUIR UNA DENEGACIÓN DE JUSTICIA EN CONTRA DE LA QUEJOSA.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 83, Febrero de 2021; Tomo III; Pág. 2937

Precedentes

Queja 95/2020. Nakomsa Komfort Ambienta, S.A. de C.V. 19 de abril de 2020. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Rangel Ramírez. Secretaria: Miriam Aidé García González. Nota: El Acuerdo General 4/2020, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a las medidas de contingencia en los órganos jurisdiccionales por el fenómeno de salud pública derivado del virus COVID-19 citado, aparece publicado en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 7 de agosto de 2020 a las 10:15 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 77, Tomo VII, agosto de 2020, página 6489, con número de registro digital: 5483.

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