Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
PC.III.A. J/96 A (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoAdministrativa, Común

SUSPENSIÓN EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. ES IMPROCEDENTE CONCEDERLA RESPECTO DE LOS EFECTOS Y CONSECUENCIAS DE LA APLICACIÓN DE LOS DECRETOS 27296/LXII/19 Y 27391/LXII/19 QUE REGULAN LA APLICACIÓN DE LAS EVALUACIONES DE CONTROL DE CONFIANZA A LOS JUZGADORES DEL PODER JUDICIAL Y DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA, AMBOS DEL ESTADO DE JALISCO.

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 83, Febrero de 2021; Tomo III; Pág. 2384

Precedentes

Contradicción de tesis 38/2019. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Segundo y Séptimo, ambos en Materia Administrativa del Tercer Circuito. 23 de noviembre de 2020. Mayoría de cinco votos de los Magistrados René Olvera Gamboa, Jacob Troncoso Ávila, Roberto Charcas León, Juan José Rosales Sánchez y Moisés Muñoz Padilla. Disidentes: Salvador Murguía Munguía y Oscar Naranjo Ahumada. Ponente y encargado del engrose: Oscar Naranjo Ahumada. Secretarios: José Martín Espinoza Morones y David Ibarra Cárdenas. Criterios contendientes: El sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, al resolver la queja 439/2019, y el diverso sustentado por el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, al resolver la queja 431/2019. Nota: En términos del artículo 44, último párrafo, del Acuerdo General 52/2015, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reforma, adiciona y deroga disposiciones del similar 8/2015, relativo a la integración y funcionamiento de los Plenos de Circuito, esta tesis forma parte del engrose relativo a la contradicción de tesis 38/2019, resuelta por el Pleno en Materia Administrativa del Tercer Circuito.

→ Más tesis en materia administrativa