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(I Región)4o.1 K (11a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaT.C.C.Común

RECURSO DE QUEJA ADHESIVA EN EL JUICIO DE AMPARO. ES IMPROCEDENTE, AL NO ESTAR EXPRESAMENTE REGULADO EN LOS ARTÍCULOS 97 A 103 DE LA LEY DE LA MATERIA.

[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 4, Agosto de 2021; Tomo V; Pág. 4920

Precedentes

Queja 387/2021. Presidente de la República y otro. 3 de junio de 2021. Unanimidad de votos. Ponente: José Alberto Arriaga Farías. Secretaria: Lucía Melo Ávila. Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de criterios 32/2024 del índice del Pleno Regional en Materias Administrativa y Civil de la Región Centro-Norte, con residencia en la Ciudad de México, el que mediante acuerdo del 31 de enero de 2024 declaró su incompetencia legal para conocer del asunto y ordenó la remisión de los autos a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para su conocimiento y resolución, la que mediante acuerdo de presidencia del 15 de febrero de 2024 la admitió a trámite con el número de contradicción de criterios 38/2024, y por ejecutoria del 5 de junio de 2024 la Segunda Sala la declaró inexistente, "al no existir un punto de derecho en común que permita configurar la contradicción denunciada."