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1a./J. 51/2021 (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaS.C.J.N.Civil, Constitucional

RESTRICCIÓN DE SALIR DEL PAÍS AL DEUDOR ALIMENTARIO DE UN MENOR DE EDAD. ES PROPORCIONAL, SIEMPRE QUE MEDIE UNA DEBIDA VALORACIÓN JUDICIAL DEL CASO CONCRETO (INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 48, FRACCIÓN VI, DE LA LEY DE MIGRACIÓN).

[J]; 11a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 7, Noviembre de 2021; Tomo II ; Pág. 847

Precedentes

Amparo en revisión 24/2021. 1 de septiembre de 2021. Mayoría de cuatro votos de las Ministras Norma Lucía Piña Hernández y Ana Margarita Ríos Farjat, y los Ministros Jorge Mario Pardo Rebolledo y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. Disidente: Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien formuló voto particular. Ponente: Norma Lucía Piña Hernández. Secretario: Jorge Francisco Calderón Gamboa. Tesis de jurisprudencia 51/2021 (11a.). Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada de diecisiete de noviembre de dos mil veintiuno.