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IV.3o.C.3 C (11a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaT.C.C.Civil
Registro digital (IUS)
2025478
Clave de tesis
IV.3o.C.3 C (11a.)
Tipo
Tesis Aislada
Época
11a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Civil
Fuente
[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 19, Noviembre de 2022; Tomo IV; Pág. 3282
Publicación
2022-11-18

ALIMENTOS. PARA LA CANCELACIÓN DEL PAGO DE ESA OBLIGACIÓN, CON MOTIVO DE LA SENTENCIA DE DIVORCIO, DEBE ATENDERSE A LA NORMA VIGENTE AL MOMENTO EN QUE SE OBTUVO EL DERECHO A SU COBRO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN).

[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 19, Noviembre de 2022; Tomo IV; Pág. 3282

Precedentes

Amparo directo 103/2021. 18 de febrero de 2022. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco Eduardo Flores Sánchez. Secretario: Napoleón Nevárez Treviño.

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