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I.1o.P.10 P (11a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaT.C.C.Penal

AUTO DE VINCULACIÓN A PROCESO. SI EXISTE REGISTRO DE AUDIO Y VIDEO DE LA AUDIENCIA EN LA QUE SE PRONUNCIÓ, PARA SU VALIDEZ ES INNECESARIO QUE CONSTE ADEMÁS POR ESCRITO, DE ACUERDO CON EL ARTÍCULO 16, PÁRRAFO PRIMERO, ÚLTIMA PARTE, DE LA CONSTITUCIÓN GENERAL.

[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 8, Diciembre de 2021; Tomo III; Pág. 2221

Precedentes

Amparo en revisión 121/2021. Agente del Ministerio Público de la Federación adscrito a la Unidad de Investigación y Litigación de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas de la Fiscalía General de la República. 23 de septiembre de 2021. Unanimidad de votos. Ponente: Horacio Armando Hernández Orozco. Secretaria: Paola Alejandra Góngora del Rey. Amparo en revisión 160/2021. 15 de octubre de 2021. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco Javier Sarabia Ascencio. Secretario: Manuel Hildelberto Michel Ruiz. Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 16/2021, resuelta por el Pleno en Materia Penal del Primer Circuito, de la que derivó la tesis jurisprudencial PC.I.P. J/1 P (11a.), de rubro: "AUTO DE VINCULACIÓN A PROCESO. PARA SU ANÁLISIS EN EL JUICIO DE AMPARO, BASTA LA VIDEOGRABACIÓN DE LA AUDIENCIA DONDE EL JUEZ DE CONTROL LO DICTÓ DE MANERA ORAL, CON INDEPENDENCIA DE QUE EN AQUÉL NO OBRE LA CONSTANCIA ESCRITA DE DICHA RESOLUCIÓN."

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