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1a./J. 50/2022 (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaS.C.J.N.Civil, Constitucional
Registro digital (IUS)
2024662
Clave de tesis
1a./J. 50/2022 (11a.)
Tipo
Jurisprudencia
Época
11a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Materia
Civil, Constitucional
Fuente
[J]; 11a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 13, Mayo de 2022; Tomo III; Pág. 2652
Publicación
2022-05-20

LIQUIDACIÓN JUDICIAL BANCARIA. EL ARTÍCULO 241, FRACCIONES IV Y V, DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO, QUE ESTABLECE LA PRELACIÓN DE ACREEDORES, NO ES VIOLATORIO DEL PRINCIPIO DE IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO 1o. CONSTITUCIONAL.

[J]; 11a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 13, Mayo de 2022; Tomo III; Pág. 2652

Precedentes

Amparo directo en revisión 5461/2021. Reyna Reyes Molina. 23 de marzo de 2022. Mayoría de cuatro votos de los Ministros Juan Luis González Alcántara Carrancá, Jorge Mario Pardo Rebolledo y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, y la Ministra Ana Margarita Ríos Farjat. Disidente: Ministra Norma Lucía Piña Hernández, quien reservó su derecho para formular voto particular. Ponente: Juan Luis González Alcántara Carrancá. Secretario: Pablo Francisco Muñoz Díaz. Tesis de jurisprudencia 50/2022 (11a.). Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada de once de mayo de dos mil veintidós.

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Registro digital (IUS): 2024662 · Publicación: 2022-05-20