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III.3o.C.9 K Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común
Registro digital (IUS)
202581
Clave de tesis
III.3o.C.9 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Común
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Abril de 1996; Pág. 332

AMPARO DIRECTO. CONFORME AL ARANCEL PARA ABOGADOS LAS AUTORIDADES COMUNES PUEDEN SANCIONAR AL VENCIDO CON EL PAGO DE COSTAS POR LA TRAMITACION DEL. (LEGISLACION DEL ESTADO DE JALISCO).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Abril de 1996; Pág. 332

Precedentes

Amparo en revisión 923/95. Eduardo Guereña Mendivil. 23 de enero de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: María de los Angeles E. Chavira Martínez. Secretario: Juan Manuel Rochín Guevara. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 5/2001-PS resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis 1a./J. 39/2002, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XVI, septiembre de 2002, página 101, con el rubro: " COSTAS EN LA TRAMITACIÓN DE LOS JUICIOS DE AMPARO. NO ES PROCEDENTE SU PAGO AUN CUANDO LAS LEGISLACIONES LOCALES LO CONTEMPLEN ."

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