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1a./J. 17/2023 (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaS.C.J.N.Constitucional, Penal

DEFRAUDACIÓN FISCAL EQUIPARADA. LA PORCIÓN NORMATIVA QUE REFIERE CONSIGNAR EN LAS DECLARACIONES QUE SE PRESENTEN PARA LOS EFECTOS FISCALES, INGRESOS ACUMULABLES MENORES A LOS REALMENTE OBTENIDOS, CONTENIDA EN LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 109 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, VIGENTE EN DOS MIL DIEZ, NO VULNERA EL DERECHO FUNDAMENTAL DE EXACTA APLICACIÓN DE LA LEY PENAL, EN SU VERTIENTE DE TAXATIVIDAD.

[J]; 11a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 22, Febrero de 2023; Tomo II; Pág. 2057

Precedentes

Amparo en revisión 91/2022. Alejandro Sotelo Gámez. 19 de octubre de 2022. Cinco votos de las Ministras Norma Lucía Piña Hernández, quien está con el sentido, con salvedad en las consideraciones y reservó su derecho para formular voto concurrente, y Ana Margarita Ríos Farjat, y los Ministros Juan Luis González Alcántara Carrancá, Jorge Mario Pardo Rebolledo y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. Ponente: Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo. Secretario: Héctor Vargas Becerra. Tesis de jurisprudencia 17/2023 (11a.). Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada de veinticinco de enero de dos mil veintitrés.

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