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1a. XIV/2023 (11a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaS.C.J.N.Civil

PENSIÓN COMPENSATORIA EN SU VERTIENTE RESARCITORIA. CON BASE EN EL PRINCIPIO DE UNIDAD DEL JUICIO DE DIVORCIO, EL TRIBUNAL DEBE CONTAR CON UN PANORAMA COMPLETO DE LA SITUACIÓN ECONÓMICA DE LAS PARTES, INCLUYENDO, EN SU CASO, LA CUANTIFICACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL.

[TA]; 11a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 25, Mayo de 2023; Tomo II; Pág. 1648

Precedentes

Amparo directo en revisión 1615/2022. 30 de noviembre de 2022. Mayoría de tres votos de los Ministros Juan Luis González Alcántara Carrancá y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, y la Ministra Ana Margarita Ríos Farjat, quien formuló voto concurrente y comparte las consideraciones de la presente tesis. Disidentes: Ministra Norma Lucía Piña Hernández, quien formuló voto particular, y el Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien formuló voto particular. Ponente: Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá. Secretario: Fernando Sosa Pastrana.

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