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1a./J. 39/2024 (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaS.C.J.N.Civil

COMPENSACIÓN ECONÓMICA. PROCEDE SU PAGO EN FAVOR DEL CÓNYUGE QUE SE DEDICÓ PREPONDERANTEMENTE A LAS LABORES DEL HOGAR Y/O AL CUIDADO DE LA FAMILIA DURANTE EL MATRIMONIO CELEBRADO BAJO SEPARACIÓN DE BIENES, SIN QUE ESTO IMPLIQUE QUE SU FINALIDAD SEA IGUALAR LAS MASAS PATRIMONIALES.

[J]; 11a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 35, Marzo de 2024; Tomo III; Pág. 2220

Precedentes

Amparo directo en revisión 7653/2019. 10 de noviembre de 2021. Cinco votos de la Ministra Norma Lucía Piña Hernández y de los Ministros Juan Luis González Alcántara Carrancá, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, y de la Ministra Ana Margarita Ríos Farjat. Ponente: Ana Margarita Ríos Farjat. Secretaria encargada de la tesis: Irlanda Denisse Ávalos Núñez. Tesis de jurisprudencia 39/2024 (11a.). Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada de veintiocho de febrero de dos mil veinticuatro.

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