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XVII.2o.P.A.20 A (11a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaT.C.C.Administrativa, Constitucional

ELEMENTOS DE LA POLICÍA DEL ESTADO DE CHIHUAHUA. SI SON SUSPENDIDOS TEMPORALMENTE POR ESTAR VINCULADOS A UN PROCESO PENAL Y SE LES ABSUELVE EN SENTENCIA FIRME, TIENEN DERECHO AL PAGO DE LA TOTALIDAD DE LAS PRESTACIONES QUE DEJARON DE PERCIBIR POR ESE MOTIVO (INTERPRETACIÓN CONFORME DEL ARTÍCULO 57 DE LA LEY DEL SISTEMA ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA DE DICHA ENTIDAD).

[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 26, Junio de 2023; Tomo VII; Pág. 6782

Precedentes

Amparo directo 138/2022. 20 de enero de 2023. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Rivera Durón. Secretaria: Valeria Moreno Durán. Nota: Por ejecutoria del 19 de febrero de 2026, el Pleno Regional en Materias Administrativa y Civil de la Región Centro-Norte, con residencia en la Ciudad de México declaró improcedente la contradicción de criterios 117/2025, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al considerar que "la sentencia de la que deriva uno de los criterios contendientes no ha causado ejecutoria y, por ende, no tiene la calidad de cosa juzgada —lo cual es necesario para estar en posibilidad de determinar que la postura es propia del órgano contendiente y que ésta ya no podrá ser modificada o revocada por un órgano superior—".

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