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2a./J. 43/2023 (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaS.C.J.N.Común

UNIVERSIDADES PRIVADAS. EN ACTOS RELACIONADOS CON LA OMISIÓN DE TRAMITAR Y REALIZAR LA ENTREGA DE UN TÍTULO PROFESIONAL, SE EQUIPARAN A UNA AUTORIDAD PARA EFECTOS DE LA PROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO.

[J]; 11a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 27, Julio de 2023; Tomo II; Pág. 1318

Precedentes

Contradicción de criterios 330/2022. Entre los sustentados por el Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito y el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito. 24 de mayo de 2023. Mayoría de cuatro votos de los Ministros Luis María Aguilar Morales, Loretta Ortiz Ahlf, Javier Laynez Potisek y Alberto Pérez Dayán. Disidente: Yasmín Esquivel Mossa, quien votó en contra, y por la inexistencia de la contradicción. Ponente: Loretta Ortiz Ahlf. Secretaria: Norma Paola Cerón Fernández. Criterios contendientes: El sustentado por el Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, al resolver el amparo en revisión 224/2017, y el diverso sustentado por el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, al resolver el amparo en revisión 288/2022. Nota: De la sentencia que recayó al amparo en revisión 224/2017, resuelto por el Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, derivó la tesis aislada XXVII.3o.35 A (10a.), de rubro: "UNIVERSIDADES PRIVADAS. LA OMISIÓN DE ENTREGAR A SUS EGRESADOS EL CERTIFICADO DE ESTUDIOS Y EL TÍTULO PROFESIONAL, ASÍ COMO DE TRAMITAR LA CÉDULA CORRESPONDIENTE, CONSTITUYE UN ACTO EQUIVALENTE A LOS DE AUTORIDAD, IMPUGNABLE EN EL AMPARO INDIRECTO.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 27 de abril de 2018 a las 10:31 horas, y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 53, abril de 2018, Tomo III, página 2403, con número de registro digital: 2016767. Tesis de jurisprudencia 43/2023 (11a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada de catorce de junio de dos mil veintitrés.

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