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I.9o.P.69 P (11a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaT.C.C.Común, Penal

CONFLICTO COMPETENCIAL ENTRE TRIBUNALES COLEGIADOS DE APELACIÓN PARA CONOCER DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. ES INEXISTENTE CUANDO DERIVA DE LA APLICACIÓN DE LOS ACUERDOS GENERALES DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE REGULAN EL TURNO Y DISTRIBUCIÓN DE LOS ASUNTOS.

[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 29, Septiembre de 2023; Tomo V; Pág. 5377

Precedentes

Conflicto competencial 11/2023. Suscitado entre el Primero y el Segundo Tribunales Colegiados de Apelación en Materia Penal del Primer Circuito. 27 de junio de 2023. Unanimidad de votos. Ponente: José Manuel Torres Ángel. Secretario: Miguel Ángel Sánchez Acuña. Nota: La tesis de jurisprudencia 2a./J. 115/2011, de rubro: "CONFLICTO COMPETENCIAL ENTRE TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO. ES INEXISTENTE CUANDO DERIVA DE LA APLICACIÓN DE NORMAS GENERALES QUE REGULAN EL TURNO DE ASUNTOS." citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXXIV, julio de 2011, página 394, con número de registro digital: 161671. El Acuerdo General 24/2022, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reglamenta la integración, organización y funcionamiento de los Tribunales Colegiados de Apelación citado, aparece publicado en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 21 de octubre de 2022 a las 10:31 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Undécima Época, Libro 18, Tomo IV, octubre de 2022, página 3986, con número de registro digital: 5717. El criterio contenido en esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de criterios 274/2023, resuelta por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 15 de enero de 2025, de la que derivó la tesis jurisprudencial 1a./J. 13/2025 (11a.), de rubro: "COMPETENCIA PARA CONOCER DEL AMPARO INDIRECTO PROMOVIDO CONTRA ACTOS DE UN EXTINTO TRIBUNAL UNITARIO DE CIRCUITO. PARA DETERMINARLA DEBE APLICARSE LA REGLA DEL ARTÍCULO 36 DE LA LEY DE AMPARO."

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