Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
PC.VI.C. J/2 C (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaPlenos de CircuitoCivil, Común

IMPEDIMENTO POR ENEMISTAD MANIFIESTA. PARA CALIFICARLO DE LEGAL NO BASTA LA MANIFESTACIÓN DEL JUZGADOR DE AMPARO DE SENTIR ANIMADVERSIÓN RESPECTO DE ALGUNA DE LAS PARTES, POR HABER PRESENTADO QUEJA ADMINISTRATIVA EN SU CONTRA ANTE EL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL (ARTÍCULO 51, FRACCIÓN VII, DE LA LEY DE AMPARO).

[J]; 11a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 23, Marzo de 2023; Tomo IV; Pág. 2986

Precedentes

Contradicción de criterios 1/2022. Entre los sustentados por el Segundo y el Tercer Tribunales Colegiados, ambos en Materia Civil del Sexto Circuito. 29 de noviembre de 2022. Mayoría de dos votos de los Magistrados Set Leonel López Gianopoulos (presidente) y José Gabriel Clemente Rodríguez. Disidente: Alejandro de Jesús Baltazar Robles. Ponente: Alejandro de Jesús Baltazar Robles. Secretaria: Rosalba García Ramos. Criterios contendientes: El sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito, al resolver los impedimentos 1/2021, 8/2021, 25/2021, 27/2021 y 31/2021, y el diverso sustentado por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito, al resolver los impedimentos 6/2021, 8/2021 y 9/2021.

→ Más tesis en materia civil