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I.1o.A.6 A (11a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

RECURSO DE REVISIÓN FISCAL. ES IMPROCEDENTE SI EN LA SENTENCIA RECURRIDA SE DECLARÓ LA NULIDAD LISA Y LLANA DE LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA PORQUE LA AUTORIDAD DEMANDADA NO ACREDITÓ SU EXISTENCIA.

[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 32, Diciembre de 2023; Tomo IV; Pág. 4226

Precedentes

Revisión administrativa (Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo) 264/2023. Jefe de Servicios Jurídicos de la Delegación Norte de la Ciudad de México del Instituto Mexicano del Seguro Social. 28 de junio de 2023. Unanimidad de votos. Ponente: Joel Carranco Zúñiga. Secretario: Roberto Zayas Arriaga. Nota: La tesis de jurisprudencia 2a./J. 173/2011 (9a.) y la parte conducente de la sentencia relativa a la contradicción de tesis 169/2011 citadas, aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Libro III, Tomo 4, diciembre de 2011, páginas 2645 y 2594, con números de registro digital: 160591 y 23220, respectivamente.