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PR.C.CN. J/25 C (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaPlenos RegionalesCivil, Común

SUSPENSIÓN EN EL JUICIO DE AMPARO. POR REGLA GENERAL NO PROCEDE CUANDO EL ACTO RECLAMADO CONSISTE EN EL INCREMENTO DE UNA PENSIÓN ALIMENTICIA, PUES CON TAL MEDIDA SE IMPIDE EL PAGO DE ALIMENTOS.

[J]; 11a. Época; Plenos Regionales; Gaceta S.J.F.; Libro 33, Enero de 2024; Tomo VI; Pág. 5333

Precedentes

Contradicción de criterios 39/2023. Entre los sustentados por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Décimo Sexto Circuito y el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Décimo Sexto Circuito. 27 de septiembre de 2023. Mayoría de votos de la Magistrada Hortencia María Emilia Molina de la Puente y Alejandro Villagómez Gordillo. Disidente: Magistrado Abraham Sergio Marcos Valdés, quien formuló voto particular. Ponente: Hortencia María Emilia Molina de la Puente. Secretaria: Xochilpilli Nuño Navarro. Criterios contendientes: El sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Décimo Sexto Circuito, al resolver la queja civil 121/2023, y el diverso sustentado por el Tercer Tribunal Colegiado Materia Civil del Décimo Sexto Circuito, al resolver la queja civil 130/2023. Nota: Esta tesis forma parte del engrose relativo a la contradicción de criterios 39/2023, resuelta por el Pleno Regional en Materia Civil de la Región Centro-Norte, con residencia en la Ciudad de México.

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