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PR.C.CS. J/32 C (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaPlenos RegionalesCivil, Común

SUSPENSIÓN EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. AL RESOLVER SOBRE LA DEFINITIVA, ES FACTIBLE ESTUDIAR LA CAUSAHABIENCIA PROCESAL DE LA PERSONA ARRENDATARIA DEL INMUEBLE OBJETO DE LA ORDEN DE LANZAMIENTO, NO EJECUTADA, QUE LA RECLAMA COMO PERSONA TERCERA EXTRAÑA A JUICIO.

[J]; 11a. Época; Plenos Regionales; Gaceta S.J.F.; Libro 35, Marzo de 2024; Tomo V; Pág. 5411

Precedentes

Contradicción de criterios 70/2023. Entre los sustentados por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil y el Décimo Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil, ambos del Primer Circuito. 30 de noviembre de 2023. Mayoría de dos votos de los Magistrados Héctor Martínez Flores y Cuauhtémoc Cuéllar De Luna. Disidente: Magistrada Martha Leticia Muro Arellano, quien formuló voto particular. Ponente: Magistrado Cuauhtémoc Cuéllar De Luna. Secretario: Fernando José Oropesa Romero. Tesis y criterio contendientes: El Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, al resolver el incidente de suspensión (revisión) 112/2020, del cual derivó la tesis aislada I.3o.C.438 C (10a.), de rubro: “SUSPENSIÓN DEFINITIVA. EL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEBE REVOCARLA SI LA QUEJOSA ES CAUSAHABIENTE DE LA DEMANDADA EN EL JUICIO DE ORIGEN, PORQUE IMPIDE LA EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA DEFINITIVA QUE ES COSA JUZGADA.”, publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 23 de abril de 2021 a las 10:27 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 85, Tomo III, abril de 2021, página 2356, con número de registro digital: 2023012, y El sustentado por el Décimo Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, al resolver el incidente de suspensión (revisión) 117/2023.

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