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PR.A.C.CN. J/1 A (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaPlenos RegionalesAdministrativa, Común

JUICIO DE AMPARO INDIRECTO EN CONTRA DE LA INTERLOCUTORIA QUE DECLARA INFUNDADO EL INCIDENTE INNOMINADO DE FALTA DE COMPETENCIA DE AUTORIDADES INVESTIGADORAS Y SUSTANCIADORAS EN UN PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA. PROCEDE CONFORME A LA FRACCIÓN VIII DEL ARTÍCULO 107 DE LA LEY DE AMPARO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA).

[J]; 11a. Época; Plenos Regionales; Gaceta S.J.F.; Libro 36, Abril de 2024; Tomo III; Pág. 3326

Precedentes

Contradicción de criterios 268/2023. Entre los sustentados por los Tribunales Colegiados Tercero y Cuarto, ambos del Décimo Quinto Circuito. 29 de febrero de 2024. Tres votos de las Magistradas Silvia Cerón Fernández y Adriana Leticia Campuzano Gallegos y del Magistrado Alejandro Villagómez Gordillo. Ponente: Magistrada Adriana Leticia Campuzano Gallegos. Secretario: José Miguel Alvarez Muñoz. Criterios contendientes: El sustentado por el Tercer Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, al resolver el amparo en revisión 476/2022, y el diverso sustentado por el Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, al resolver el amparo en revisión 477/2022. Nota: La tesis de jurisprudencia P./J. 29/2015 (10a.) citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 11 de septiembre de 2015 a las 11:00 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 22, Tomo I, septiembre de 2015, página 22, con número de registro digital: 2009912.

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