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PR.P.T.CN. J/14 P (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaPlenos RegionalesComún, Penal

SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO. TIENE LEGITIMACIÓN PARA PROMOVER AMPARO INDIRECTO CONTRA DETERMINACIONES QUE CONFIRMEN EL NO EJERCICIO DE LA ACCIÓN PENAL POR LA COMISIÓN DE DELITOS FISCALES O DESECHEN LOS MEDIOS DE IMPUGNACIÓN ORDINARIOS INTERPUESTOS EN SU CONTRA.

[J]; 11a. Época; Plenos Regionales; Gaceta S.J.F.; Libro 38, Junio de 2024; Tomo III; Pág. 3305

Precedentes

Contradicción de criterios 91/2023. Entre los sustentados por el Quinto Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito y el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Quinto Circuito. 11 de abril de 2024. Mayoría de dos votos de la Magistrada Emma Meza Fonseca y del Magistrado Samuel Meraz Lares. Disidente: Magistrado Miguel Bonilla López, quien formuló voto particular. Ponente: Magistrado Samuel Meraz Lares. Secretario: Omar Alonso Ortiz Sánchez. Secretaria encargada del engrose y tesis: Arely Pechir Magaña. Criterios contendientes: El sustentado por el Quinto Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, al resolver el amparo en revisión 1/2023, el sustentado por el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, al resolver el amparo en revisión 144/2023, y el diverso sustentado por el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Quinto Circuito, al resolver el amparo en revisión 95/2023. Nota: Por ejecutoria del 2 de abril de 2025, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró sin materia la contradicción de criterios 273/2024, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, en virtud de que la interrogante que resultó de las posturas en conflicto (determinar si la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en su carácter de víctima en términos del artículo 92 del Código Fiscal de la Federación vigente, tiene legitimación para acudir al juicio de amparo directo o indirecto en contra de determinaciones dictadas en procesos penales instruidos por delitos fiscales) ya fue abordada, analizada y dilucidada por esta Primera Sala en la ejecutoria relativa a la contradicción de criterios 154/2022, que dio origen a la tesis de jurisprudencia 1a./J. 32/2025 (11a.). Esta tesis aborda el mismo tema que las sentencias que fueron objeto de la denuncia relativa a la contradicción de criterios 154/2022 resuelta por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 2 de abril de 2025, de la que derivó la tesis jurisprudencial 1a./J. 32/2025 (11a.), de rubro: "SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO. TIENE LEGITIMACIÓN PARA PROMOVER JUICIO DE AMPARO EN SU CALIDAD DE VÍCTIMA U OFENDIDA EN LOS PROCEDIMIENTOS PENALES FEDERALES INSTRUIDOS POR DELITOS FISCALES."

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