Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
PR.A.C.CS. J/7 C (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaPlenos RegionalesCivil

DEMANDA MERCANTIL. UN JUZGADO DE DISTRITO EN MATERIA MERCANTIL FEDERAL NO PUEDE DESECHARLA POR CONSIDERAR QUE SE ACTUALIZA LA COMPETENCIA POR TERRITORIO DE UN ÓRGANO DEL FUERO LOCAL [INAPLICABILIDAD DE LA TESIS DE JURISPRUDENCIA 1a./J. 1/2019 (10a.)].

[J]; 11a. Época; Plenos Regionales; Gaceta S.J.F.; Libro 43, Noviembre de 2024; Tomo II, Volumen 1; Pág. 626

Precedentes

Contradicción de criterios 96/2024. Entre los sustentados por los Tribunales Colegiados Primero y Segundo, ambos en Materia Civil del Sexto Circuito. 12 de junio de 2024. Tres votos de las Magistradas Rosa Elena González Tirado, quien formuló voto concurrente y María Amparo Hernández Chong Cuy, y del Magistrado Arturo Iturbe Rivas. Ponente: Magistrada María Amparo Hernández Chong Cuy. Secretario: Ramiro Ignacio López Muñoz. Tesis y/o criterios contendientes: El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito, al resolver los amparos directos 421/2022, 555/2022, 562/2022, 647/2022, 149/2023, 150/2023 y 240/2023, y el diverso sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito, al resolver el amparo directo 27/2023. Nota: La tesis de jurisprudencia 1a./J. 1/2019 (10a.), de rubro: "COMPETENCIA POR SUMISIÓN EXPRESA. LA REGLA ESTABLECIDA EN EL ARTÍCULO 1093 DEL CÓDIGO DE COMERCIO, NO RESULTA APLICABLE A LAS CLÁUSULAS ESTIPULADAS EN CONTRATOS BANCARIOS DE ADHESIÓN CUANDO SE ADVIERTA VULNERACIÓN A LA GARANTÍA DE ACCESO A LA IMPARTICIÓN DE JUSTICIA." citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 12 de abril de 2019 a las 10:16 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 65, Tomo I, abril de 2019, página 689, con número de registro digital: 2019661.

→ Más tesis en materia civil