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PR.A.C.CS. J/17 C (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaPlenos RegionalesCivil

REIVINDICACIÓN. CUANDO QUEDA ACREDITADA LA ACCIÓN, PARA ESTIMAR LOS PERJUICIOS DEMANDADOS POR LA PRIVACIÓN DEL USO Y GOCE DEL INMUEBLE, NO ES NECESARIO NARRAR Y ACREDITAR HECHOS DISTINTOS A LA DESPOSESIÓN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO).

[J]; 11a. Época; Plenos Regionales; Gaceta S.J.F.; Libro 46, Febrero de 2025; Tomo III, Volumen 1; Pág. 551

Precedentes

Contradicción de criterios 147/2024. Entre los sustentados por los Tribunales Colegiados Tercero y Cuarto, ambos en Materia Civil del Tercer Circuito. 11 de diciembre de 2024. Tres votos de las Magistradas Rosa Elena González Tirado y María Amparo Hernández Chong Cuy, y del Magistrado Arturo Iturbe Rivas. Ponente: Magistrada María Amparo Hernández Chong Cuy. Secretario: Mauricio Omar Sanabria Contreras. Tesis y/o criterios contendientes: El sustentado por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, al resolver el amparo directo 545/2023, y el diverso sustentado por el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, al resolver los amparos directos 168/2017 y 79/2019.

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