I.11o.C.50 K (11a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaT.C.C.Común
RECURSO DE QUEJA. QUEDA SIN MATERIA EL INTERPUESTO CONTRA LA RESOLUCIÓN POR LA QUE EL JUZGADO DE DISTRITO DETERMINA NO FIJAR CONTRAGARANTÍA, SI EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO SE DICTA SENTENCIA EJECUTORIA.
[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 47, Marzo de 2025; Tomo I, Volumen 1; Pág. 987
Hechos: En diversos juicios de amparo indirecto, el Juzgado de Distrito determinó no fijar la contragarantía solicitada por la parte tercera interesada. Contra esa resolución la tercera interesada interpuso recurso de queja, pero antes de que se resolviera se dictó sentencia ejecutoria en el juicio de amparo.
Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que si el juicio de amparo indirecto concluye con sentencia o resolución firme, debe declararse sin materia el recurso de queja interpuesto contra la determinación del Juzgado de Distrito de no fijar la contragarantía solicitada por la parte tercera interesada.
Justificación: Dada su naturaleza, la suspensión del acto reclamado, como cualquier medida cautelar o providencia precautoria, sólo puede solicitarse y resolverse mientras el juicio de amparo no concluya o se resuelva en sentencia o resolución firme. La suspensión tiene como finalidad conservar la materia del juicio de amparo en lo principal y evitar que al ejecutarse el acto reclamado se ocasionen perjuicios irreparables a la parte quejosa. Por tanto, sólo tiene vigencia mientras se resuelva en definitiva el procedimiento constitucional que le da origen. Si el juicio de amparo indirecto concluyó con sentencia o resolución firme, el recurso de queja queda sin materia de estudio, pues el fin pretendido por la parte recurrente carece de objeto al desaparecer la medida cautelar, lo cual es lo que pretendía la parte tercera interesada con su solicitud de que se le fijara contragarantía en términos del artículo 133 de la Ley de Amparo.
DÉCIMO PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Queja 325/2022. Deshidratado Sanitario de Occidente, S.A. de C.V. 18 de enero de 2023. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Rangel Ramírez. Secretaria: Marianelly Coyol Sánchez.
Queja 326/2022. Deshidratado Sanitario de Occidente, S.A. de C.V. 18 de enero de 2023. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Rangel Ramírez. Secretaria: Marianelly Coyol Sánchez.