Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
VII.2o.T.55 L (11a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaT.C.C.Constitucional, Laboral

PENSIÓN JUBILATORIA. PARA ANALIZAR SI SON JUSTAS LAS CONDICIONES DE LOS DESCUENTOS EFECTUADOS CON MOTIVO DE DEUDAS ADQUIRIDAS POR EL TRABAJADOR CON UN TERCERO DEBE ATENDERSE AL PARÁMETRO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 110, FRACCIÓN I, DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.

[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 47, Marzo de 2025; Tomo II, Volumen 2; Pág. 1141

Precedentes

Amparo directo 549/2023. 5 de diciembre de 2024. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Carlos Moreno Correa. Secretario: Marcelo Cabrera Hernández. Nota: La tesis de jurisprudencia 1a./J. 126/2023 (11a.); la ejecutoria relativa a la contradicción de tesis 422/2013 y la tesis de jurisprudencia 2a./J. 42/2014 (10a.) citadas, aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la Federación de los viernes 29 de septiembre de 2023 a las 10:38 horas y 13 de junio de 2014 a las 9:37 horas; en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Undécima Época, Libro 29, Tomo II, septiembre de 2023, página 1417; Décima Época, Libro 7, Tomo I, junio de 2014, páginas 653 y 712, con números de registro digital: 2027325, 25085 y 2006672, respectivamente.

→ Más tesis en materia laboral