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PR.P.T.CS. J/43 L (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaPlenos RegionalesComún, Laboral
Registro digital (IUS)
2030311
Clave de tesis
PR.P.T.CS. J/43 L (11a.)
Tipo
Jurisprudencia
Época
11a. Época
Instancia
Plenos Regionales
Materia
Común, Laboral
Fuente
[J]; 11a. Época; Plenos Regionales; Gaceta S.J.F.; Libro 48, Abril de 2025; Tomo III, Volumen 1; Pág. 638
Publicación
2025-04-25

RECURSO DE RECONSIDERACIÓN PREVISTO EN EL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 871 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO. DEBE INTERPONERSE EN CONTRA DE LA MULTA IMPUESTA POR EL SECRETARIO INSTRUCTOR, PREVIAMENTE A PROMOVER EL AMPARO INDIRECTO.

[J]; 11a. Época; Plenos Regionales; Gaceta S.J.F.; Libro 48, Abril de 2025; Tomo III, Volumen 1; Pág. 638

Precedentes

Contradicción de criterios 105/2024. Entre los sustentados por el Segundo y el Sexto Tribunales Colegiados, ambos en Materia de Trabajo del Tercer Circuito. 26 de febrero de 2025. Tres votos de las Magistradas María Enriqueta Fernández Haggar y Guadalupe Madrigal Bueno, y del Magistrado Juan Wilfrido Gutiérrez Cruz. Ponente: Magistrada María Enriqueta Fernández Haggar. Secretario: Luis Omar García Morales. Tesis y/o criterios contendientes: El Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, al resolver la queja 40/2023, la cual dio origen a la tesis aislada III.2o.T.47 L (11a.), de rubro: "RECURSO DE RECONSIDERACIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO 871 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO. SU PROCEDENCIA NO SE LIMITA A LOS ACTOS DEL SECRETARIO INSTRUCTOR ESTABLECIDOS EN ESE PRECEPTO.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 14 de julio de 2023 a las 10:21 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Undécima Época, Libro 27, Tomo III, julio de 2023, página 2473, con número de registro digital: 2026889, y El sustentado por el Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, al resolver el amparo en revisión 242/2023.

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Registro digital (IUS): 2030311 · Publicación: 2025-04-25