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2a./J. 23/2025 (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa, Laboral

VÍA LABORAL. ES IMPROCEDENTE PARA RECLAMAR EL PAGO DE LA PRESUNTA MINUSVALÍA EN LOS RENDIMIENTOS GENERADOS POR LA INVERSIÓN DE LOS AHORROS DEPOSITADOS EN UNA CUENTA INDIVIDUAL DEL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO.

[J]; 11a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 50, Junio de 2025; Tomo II, Volumen 1; Pág. 270

Precedentes

Contradicción de criterios 133/2024. Entre los sustentados por el Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito y el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Quinto Circuito. 23 de abril de 2025. Cuatro votos de los Ministros Yasmín Esquivel Mossa, Alberto Pérez Dayán, Lenia Batres Guadarrama y Javier Laynez Potisek. Ponente: Alberto Pérez Dayán. Secretario: Fabián Gutiérrez Sánchez. Tesis y/o criterios contendientes: El Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, al resolver los amparos directos 912/2023, 720/2023 y 851/2023, estos dos últimos que dieron origen a la tesis aislada I.14o.T.38 L (11a.), de rubro: "ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO (AFORES). LA VÍA LABORAL ES IMPROCEDENTE PARA DEMANDAR LA RESPONSABILIDAD EN LA QUE PUEDEN INCURRIR POR LAS MINUSVALÍAS DE LOS AHORROS DE LOS TRABAJADORES.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 19 de abril de 2024 a las 10:23 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Undécima Época, Libro 36, Tomo V, abril de 2024, página 4455, con número de registro digital: 2028608, y El sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Quinto Circuito, al resolver los conflictos competenciales 4/2024, 6/2024, 8/2024 y 9/2024. Tesis de jurisprudencia 23/2025 (11a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada de catorce de mayo de dos mil veinticinco.

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