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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/203061

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 30 de noviembre de 2001, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 91/2001-SS, entre el criterio contenido en esta tesis y el sostenido por el Octavo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito al resolver el amparo directo 478/2001, en virtud de que en las ejecutorias en que se sustenta la posible discrepancia, no se examinaron cuestiones esencialmente iguales, ni se partió del examen de los mismos elementos.

I.9o.T.46 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
Registro digital (IUS)
203061
Clave de tesis
I.9o.T.46 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Laboral
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Marzo de 1996; Pág. 1009

RELACION LABORAL, NEGATIVA DE LA, DESVIRTUADA CON LA CONFESIONAL FICTA. CASO EN QUE RESULTA INEFICAZ ESTA PRUEBA PARA DEMOSTRAR UN DESPIDO INJUSTIFICADO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Marzo de 1996; Pág. 1009

Precedentes

Amparo directo 1139/96. Miguel Eduardo Vargas Casas. 15 de febrero de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: F. Javier Mijangos Navarro. Secretario: Héctor Landa Razo. Nota: Por ejecutoria del 30 de noviembre de 2001, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 91/2001-SS, entre el criterio contenido en esta tesis y el sostenido por el Octavo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito al resolver el amparo directo 478/2001, en virtud de que en las ejecutorias en que se sustenta la posible discrepancia, no se examinaron cuestiones esencialmente iguales, ni se partió del examen de los mismos elementos.

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Registro digital (IUS): 203061