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PR.A.C.CS. J/31 C (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaPlenos RegionalesCivil

EXPROMISIÓN. ALCANCES DE LA OBLIGACIÓN ASUMIDA ESPONTÁNEAMENTE POR UN TERCERO DURANTE UNA DILIGENCIA DE REQUERIMIENTO DE PAGO Y EMBARGO.

[J]; 11a. Época; Plenos Regionales; Gaceta S.J.F.; Libro 50, Junio de 2025; Tomo IV, Volumen 2; Pág. 1116

Precedentes

Contradicción de criterios 204/2024. Entre los sustentados por el Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, y los Tribunales Colegiados Segundo y Tercero en Materia Civil del mismo Circuito, y el entonces Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Décimo Primer Circuito, actualmente Primero en Materias Administrativa y de Trabajo del mismo Circuito. 30 de abril de 2025. Mayoría de votos de la Magistrada María Amparo Hernández Chong Cuy y del Magistrado Arturo Iturbe Rivas. Disidente: Magistrada Rosa Elena González Tirado, quien formuló voto particular. Ponente: Magistrada María Amparo Hernández Chong Cuy. Secretaria: Tania Pamela Campos Medina. Tesis y/o criterios contendientes: El Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, al resolver los amparos directos 166/1995 y 576/1997, y los amparos en revisión 589/1996, 623/1996 y 876/1996, los cuales dieron origen a la tesis de jurisprudencia III.3o.C. J/7, de rubro: "EXPROMISIÓN, EFECTOS DE LA.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo V, junio de 1997, página 617, con número de registro digital: 198481; El Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Décimo Primer Circuito, actual Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Primer Circuito, al resolver el amparo directo 704/2008 y el amparo en revisión 117/2008, los cuales dieron origen a la tesis aislada XI.1o.A.T.159 C, de rubro: "EXPROMISIÓN. SUS EFECTOS.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXIX, marzo de 2009, página 2753, con número de registro digital: 167715; El Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Décimo Primer Circuito, actual Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Primer Circuito, al resolver el amparo directo 704/2008, el cual dio origen a la tesis aislada XI.1o.A.T.160 C, de rubro: "EXPROMISIÓN. SU CONCEPTO, CLASIFICACIÓN Y OBJETO.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXIX, marzo de 2009, página 2753, con número de registro digital: 167716, y El sustentado por el Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, al resolver el amparo en revisión 46/2022.

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