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1a./J. 151/2025 (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaS.C.J.N.Constitucional, Penal

SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO PENAL. SU CONCESIÓN CUANDO LA PARTE OFENDIDA ES CITADA Y NO ACUDE A LA AUDIENCIA RELATIVA, PERO PREVIAMENTE ACEPTÓ CONCLUIR POR ESA VÍA LA CONTROVERSIA PENAL, NO VIOLENTA SUS DERECHOS HUMANOS.

[J]; 11a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 52, Agosto de 2025; Tomo II, Volumen 1; Pág. 822

Precedentes

Amparo directo en revisión 1250/2025. 28 de mayo de 2025. Mayoría de cuatro votos de las Ministras y los Ministros Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien se aparta de los párrafos sesenta, sesenta y dos, sesenta y tres, setenta y siete y noventa y cuatro, Ana Margarita Ríos Farjat, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Loretta Ortiz Ahlf. Disidente: Jorge Mario Pardo Rebolledo. Ponente: Ana Margarita Ríos Farjat. Secretario: Saúl Armando Patiño Lara. Tesis de jurisprudencia 151/2025 (11a.). Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada de nueve de julio de dos mil veinticinco.

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