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I.11o.C.123 K (11a.)Tesis Aislada12a. ÉpocaT.C.C.Común

GARANTÍA FIJADA CON MOTIVO DE LA SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO. CUANDO EL JUICIO DE AMPARO FUE REENCAUZADO A LA VÍA INDIRECTA, DEBE EXHIBIRSE ANTE EL JUZGADO DE DISTRITO QUE CONOCE DEL ASUNTO.

[TA]; 12a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 1, Septiembre de 2025; Tomo I, Volumen 1; Pág. 729

Precedentes

Queja 312/2024. María Rosa Edubijes Anaya Álvarez. 14 de agosto de 2024. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Rangel Ramírez. Secretario: Octavio Rosales Rivera.

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