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XXIII.2o.27 A (11a.)Tesis Aislada12a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

DEVOLUCIÓN DE SALDO A FAVOR. DEBE REALIZARSE A LA CUENTA CLABE PROPORCIONADA POR LA PERSONA CONTRIBUYENTE EN SU DECLARACIÓN COMPLEMENTARIA, SI SE PRESENTÓ ANTES DE QUE SE EFECTUARA LA DEVOLUCIÓN Y AÚN NO SE HUBIERAN EJERCIDO LAS FACULTADES DE COMPROBACIÓN.

[TA]; 12a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 3, Noviembre de 2025; Tomo IV, Volumen 1; Pág. 368

Precedentes

Revisión administrativa (Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo) 45/2024. Subadministrador Desconcentrado Jurídico de la Administración Desconcentrada Jurídica de Zacatecas "1", en representación del secretario de Hacienda y Crédito Público, de la autoridad demandada y otra. 14 de febrero de 2025. Unanimidad de votos. Ponente: Lorena Casillas Baca, secretaria de tribunal autorizada por el Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrada. Secretaria: Angélica Villagómez Díaz.

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