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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 4 de diciembre de 1998, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 2/98-SS en que participó el presente criterio.

I.7o.T.17 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
Registro digital (IUS)
204601
Clave de tesis
I.7o.T.17 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Laboral
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Agosto de 1995; Pág. 586

PRESCRIPCION NO SE INTERRUMPE LA, POR EL HECHO DE QUE EL TRABAJADOR IMPUGNE LA RESOLUCION ADMINISTRATIVA ANTE LA CONTRALORIA INTERNA DE UNA SECRETARIA DE ESTADO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Agosto de 1995; Pág. 586

Precedentes

Amparo directo 5447/95. Elvia Patricia Rodríguez Razo. 15 de junio de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Martín Borrego Martínez. Secretario: Casimiro Barrón Torres. Nota: Por ejecutoria de fecha 4 de diciembre de 1998, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 2/98-SS en que participó el presente criterio.

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Registro digital (IUS): 204601