Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
XIII.1o.1 P Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal

PENA DE PRISION, SUBSTITUCION POR MULTA. EL COMPUTO DEL TERMINO PARA LOS EFECTOS DEL AMPARO, DEBE HACERSE CONFORME EL ARTICULO 21 DE LA LEY DE LA MATERIA. (LEGISLACION DEL ESTADO DE OAXACA).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo I, Mayo de 1995; Pág. 389

Precedentes

Amparo directo 35/95. Hilario Martínez Tadeo. 17 de febrero de 1995. Mayoría de votos. Ponente: Robustiano Ruiz Martínez. Disidente: Alvaro Ovalle Alvarez. Secretaria: Ruth Ramírez Núñez. Nota: Por ejecutoria de fecha 26 de febrero de 1997, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 10/96-PS en que participó el presente criterio.

Tesis relacionadas

→ Más tesis en materia penal