- Ley
- REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL
- Artículo
- 93
Artículo 93 del REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
En los hospitales, clínicas o lugares como cines y teatros, las puertas que dan a la calle deben tener un techo volado, como un toldo o tejadito, llamado marquesina. Eso sirve para proteger a la gente de la lluvia o el sol mientras esperan o salen. Además, esa marquesina tiene que fabricarse siguiendo las reglas que marca el reglamento de construcción, así que no puede ser cualquier cosa improvisada.
Texto oficial
ARTÍCULO 93.- Las salidas a vía pública en edificaciones de salud y de entretenimiento contarán con marquesinas que cumplan con lo indicado en las Normas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.