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Ley
REGLAMENTO DE LA LEY DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
86

Artículo 86 del REGLAMENTO DE LA LEY DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Turismo le sugerirá al Jefe de Gobierno darle apoyos económicos, premios o descuentos a los que ofrecen servicios turísticos. Esto es para que inviertan en mejoras como hoteles, restaurantes o atracciones, y así crezca el turismo en la ciudad.

Texto oficial

Artículo 86. La Secretaría propondrá a la persona titular de la Jefatura de Gobierno el otorgamiento de financiamiento, estímulos e incentivos a los prestadores de servicios turísticos, con la finalidad de fomentar la inversión en infraestructura turística y el desarrollo turístico.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DE LA LEY DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 21) ↗

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