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Ley
REGLAMENTO DE LA COMISIÓN TÉCNICA DE BOX Y EL DESARROLLO DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS DE BOXEO EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
64

Artículo 64 del REGLAMENTO DE LA COMISIÓN TÉCNICA DE BOX Y EL DESARROLLO DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS DE BOXEO EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Te explico: El día de la pelea, las boxeadoras se pesan con mucho cuidado para que sea exacto. Solo pueden estar presentes: la persona encargada de la comisión en ese turno, el médico o su ayudante (que sea mujer), la persona titular de la Secretaría (que es como el jefe de oficina) y los representantes de cada boxeadora. Nadie más puede entrar al pesaje. Así se aseguran de que todo sea justo y legal.

Texto oficial

Artículo 64. El peso de las boxeadoras se verificará con toda exactitud y sólo podrán estar presentes: La persona Comisionada en Turno; La persona titular del Servicio Médico o la Auxiliar designada; La persona titular de la Secretaría, y Las personas representantes de las boxeadoras.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DE LA COMISIÓN TÉCNICA DE BOX Y EL DESARROLLO DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS DE BOXEO EN LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 9) ↗

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