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Ley
REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
107

Artículo 107 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los diputados o diputadas, una vez que ya votaron a favor o en contra de algo en un dictamen (que es el documento final sobre una ley), ya no pueden cambiar de opinión. Tampoco pueden borrar o quitar su firma de ese documento. O sea, si ya firmaron o votaron, eso queda así para siempre, no vale arrepentirse.

Texto oficial

Artículo 107. Las o los Diputados no podrán cambiar el sentido de su voto plasmado en el dictamen, ni retirar su firma.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 36) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.