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Ley
REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
156

Artículo 156 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres diputado o diputada y en una reunión oficial le hiciste preguntas a un servidor público (como un funcionario del gobierno) que no te respondió ahí mismo, puedes pedir que te den las respuestas por escrito. Para eso, debes hacer la solicitud a través del presidente de la comisión correspondiente o del presidente de la Mesa Directiva, según quién esté a cargo. Además, las comisiones que estén relacionadas con el tema de la persona que compareció pueden proponer a la Junta cómo debe ser el formato de esas respuestas. En pocas palabras: si no te contestaron en vivo, tienes derecho a pedir que te lo pongan por escrito.

Texto oficial

Artículo 156. Cualquiera de las y los Diputados podrá solicitar a las y los servidores públicos a través de las y los Presidentes de Comisiones o de la o el Presidente de la Mesa Directiva, según sea el caso, la información por escrito sobre los cuestionamientos que haya formulado y que no le fueron contestados durante la comparecencia respectiva. Las Comisiones que correspondan con la materia de los comparecientes, podrán sugerir a la Junta, el formato.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 47) ↗

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