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Artículo 114 de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que cómo se ven las medallas o reconocimientos y los pasos para entregarlos no están detallados aquí, sino que se van a definir en otros documentos oficiales llamados reglamentos. En pocas palabras, la ley solo deja claro que existirán esas condecoraciones, pero los detalles de su diseño y la manera de darlas se explicarán después en normas más específicas.

Texto oficial

Artículo 114. Las características de las condecoraciones y el procedimiento para su otorgamiento serán establecidas en los reglamentos respectivos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 23) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.