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Ley
Código Electoral del Estado de México
Artículo
184

Artículo 184 del Código Electoral del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo General del Instituto tiene que publicar en el periódico oficial “Gaceta del Gobierno” los acuerdos o resoluciones que afecten a todos (los de carácter general) y también los que ellos mismos decidan hacer públicos. Esto es como cuando el gobierno pone un aviso importante en el diario oficial para que todo mundo se entere. Básicamente, están obligados a hacer públicas esas decisiones para que la gente las conozca.

Texto oficial

Artículo 184. El Consejo General del Instituto ordenará la publicación en el periódico oficial “Gaceta del Gobierno” de los acuerdos y resoluciones de carácter general que pronuncie y de aquellos que así lo determine. CAPÍTULO SEGUNDO De las atribuciones del Consejo General

Ver texto oficial del Código Electoral del Estado de México (pág. 48) ↗

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