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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley270/139
Ley
Ley de Turismo Sostenible y Desarrollo Artesanal del Estado de México
Artículo
139

Artículo 139 de la Ley de Turismo Sostenible y Desarrollo Artesanal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El IIFAEM, que es el Instituto de Investigación y Fomento de las Artesanías del Estado de México, junto con el gobierno, los municipios y empresas, va a crear programas para proteger los derechos de los artesanos sobre sus creaciones. Esto significa que van a cuidar que nadie robe o copie las artesanías que hacen con su talento. La ley reconoce que las artesanías son únicas y auténticas, y por eso merecen ser tratadas como algo especial para el turismo.

Texto oficial

Artículo 139. La artesanía es un producto turístico auténtico y singular, por lo que el IIFAEM en coordinación con las dependencias y entidades estatales, municipales, sector privado y social, impulsará políticas y programas para salvaguardar los derechos derivados de la creatividad de las y los artesanos.

Ver texto oficial de la Ley de Turismo Sostenible y Desarrollo Artesanal del Estado de México (pág. 42) ↗

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