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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley274/21
Ley
Ley de los Cuerpos de Bomberos del Estado de México
Artículo
21

Artículo 21 de la Ley de los Cuerpos de Bomberos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que cada estación de bomberos debe tener suficiente personal y equipo para operar bien. Los Ayuntamientos (gobiernos municipales) están obligados a asegurarse de que los Cuerpos de Bomberos tengan una estructura organizada para atender emergencias. En otras palabras, deben garantizar que haya bomberos preparados y los recursos necesarios. Esto aplica a todas las estaciones de bomberos del municipio.

Texto oficial

Artículo 21. Para prestar un servicio adecuado en cada estación de bomberos, los Ayuntamientos deberán garantizar que los Cuerpos de Bomberos cuenten con la siguiente estructura táctico- operativa.

Ver texto oficial de la Ley de los Cuerpos de Bomberos del Estado de México (pág. 9) ↗

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