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Artículo 21 del Reglamento de Construcción de Inmuebles en Condominio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando hablamos de condominios verticales (como un edificio de departamentos), cada departamento es una propiedad separada, pero no se puede partir en pedazos más chicos. La ley dice que no puedes subdividir un departamento para venderlo como dos propiedades independientes. Si tienes un departamento, lo tienes completo, no puedes separarlo en partes más pequeñas como si fueran terrenos.

Texto oficial

Artículo 21.- Las partes de los condominios verticales no son sujetas a subdivisión. CAPITULO IV DE LOS CONDOMINIOS HORIZONTALES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.